SE ACERCA EL MOMENTO: LLEGA UNA PROPUESTA DE PRESUPUESTO

El próximo Pleno, debatirá una propuesta de Presupuesto que presentará el equipo de gobierno. Son muchas las preguntas que trajimos a este blog en una entrada anterior, entre otras ¿Cuándo? Pues ya está aquí.


En esta nueva entrada ponemos la lupa en los términos utilizados:

¿QUÉ ES PRESUPUESTO DE INGRESOS?: Es la parte del Presupuesto municipal que contiene únicamente los Ingresos previstos

¿QUÉ ES EL PRESUPUESTO DE GASTOS?: Es la otra parte del presupuesto municipal, la que contiene los Gastos generales

¿QUÉ SON LOS CAPÍTULOS?: Son las grandes bolsas en las que se divide el Presupuesto.

En Ingresos hay 7, que son:
  • Capítulo 1, Impuestos directos (IBI, Impuestos sobre vehículos, Impuesto sobre plusvalías, Impuesto sobre actividades Económicas)
  • Capítulo 2, Impuestos indirectos (el Impuesto sobre construcciones)
  • Capítulo 3, Tasas y otros ingresos (tasas de cementerio, de recogida de basuras, de instalaciones deportivas, de licencias de apertura, de concesión de licencias urbanísticas, de vados, de precio público de la guardería, multas de tráfico, etc. etc.)
  • Capítulo 4, Transferencias corrientes (dinero que se recibe del Estado)
  • Capítulo 5, Ingresos Patrimoniales (dinero que se ingresa por la venta o enajenación del patrimonio municipal: terrenos, edificios, etc.)
  • Capítulo 6, Transferencias de capital (las subvenciones que se esperan)
  • Capítulo 7, Pasivos financieros (dinero que se obtiene por préstamos bancarios)


En Gastos también hay 7, que son:


  • Capítulo 1, Gastos de Personal (retribuciones, Seguridad Social, gratificaciones, contrataciones, productividad, formación, etc.)
  • Capítulo 2, Gastos de Bienes corrientes y servicios (todos los correspondientes al funcionamiento general del ayuntamiento: luz, agua, gas, material de oficina, recogida de basura, mantenimiento de vehículos, limpieza, teléfonos, etc.)
  • Capítulo 3, Gastos financieros (los intereses que se pagan por los préstamos bancarios)
  • Capítulo 4, Transferencias corrientes (las subvenciones a las asociaciones)
  • Capítulo 6, Inversiones reales (el dinero que se gastará en obras públicas)
  • Capítulo 7, Pasivos financieros (la amortización anual de los préstamos bancarios)


¿SE PUEDEN CLASIFICAR LOS GASTOS? Sí. Se pueden clasificar de dos maneras. Una, por capítulos o grandes bolsas; que ya hemos visto un poco más arriba. Y otra, por funciones. Es decir, la gestión municipal se divide en grandes áreas (FUNCIONES), y cada una de ellas tiene unos gastos. Cada función tiene asignado un número propio y una denominación

 ¿CUÁL ES LA CLASIFICACIÓN DE LOS GASTOS POR FUNCIONES?

  • 011 DEUDA PÚBLICA ( todos los gastos de amortización e intereses de préstamos bancarios)
  • 111 ÓRGANOS DE GOBIERNO (todos los gastos derivados del funcionamiento de los órganos de gobierno: retribuciones del alcalde y de los concejales; dietas; contrataciones de personal para el gabinete del alcalde; atenciones protocolarias, etc.)
  • 121 ADMINISTRACIÓN GENERAL todos los gastos propios del funcionamiento de las dependencias municipales generales: teléfono, agua, luz, gestoría, asesoría jurídica, personal, equipos informáticos, material de oficina, etc.
  • 313 ACCIÓN SOCIAL todos los gastos que tienen que ver con Servicios sociales
  • 321 PROMOCIÓN EDUCATIVA lo que su nombre indica: actuaciones educativas
  • 322 PROMOCIÓN DE EMPLEO 
  • 323 PROMOCIÓN Y REINSERCIÓN SOCIAL 
  • 413 ACCIONES PÚBLICAS RELATIVAS A LA SALUD 
  • 422 ENSEÑANZA gastos de la Escuela Infantil: material, personal, etc; mantenimiento del colegio,  subvención al AMPA del colegio…
  • 432 URBANISMO Y ARQUITECTURA gastos del personal de la oficina técnica, reparación y mantenimiento de las infraestructuras, compra de mobiliario urbano, honorarios del arquitecto, etc.
  • 433 PARQUES Y JARDINES gastos de conservación de los parques y jardines
  • 435 VÍAS PÚBLICAS gastos de reurbanización de calles, acondicionamiento de caminos rurales, gastos de personal de la brigada de obras, alumbrado público, etc.)
  • 442 RECOGIDA, ELIMINACIÓN, TRATAMIENTO DE BASURAS Y LIMPIEZA VIARIA Parte proporcional del gasto de la Mancomunidad Río Arandilla
  • 443 CEMENTERIO Y SERVICIOS FUNERARIOS reparación del recinto
  • 451 PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DE LA CULTURA material de oficina, publicidad y propaganda, Fiestas, programación cultural, subvenciones a las actividades en la Semana Cultural, a las Asociaciones, etc
  • 452 EDUCACIÓN FÍSICA, DEPORTES Y ESPARCIMIENTO Pellet del gimnasio, subvenciones a los clubes y grupos deportivos...
  • 533 MEJORA DEL MEDIO NATURAL (funcionamiento y actividades de la Agenda 21)
  • 611 ADMINISTRACIÓN FINANCIERA gastos de personal de la Intervención municipal; y gastos por la gestión externa de los servicios de recaudación
  • ¿QUÉ ES UNA “PARTIDA PRESUPUESTARIA”?  es el “saquito” que contiene una determinada cantidad de dinero para hacer frente a unos gastos concretos. Por ejemplo: de la partida presupuestaria que se denomina “Retribuciones de alcaldía y concejales”, solo se puede pagar eso: el sueldo del alcalde y de los concejales. 

Cada apunte, cada gasto ha de restarse del dinero que existe en cada “saquito”. Un ejemplo: existe una partida presupuestaria, con dinero asignado (consignado), para pagar exclusivamente el gasóleo del colegio público. Y ningún otro gasto, que no sea ése, se puede pagar de ahí. Solamente el pleno puede decidir hacerlo. ¿Cómo? Por mayoría: 4 sobre 7.

¿DE QUÉ HABLAMOS CUANDO DECIMOS “CRÉDITO”?
´Queremos decir: dinero. Cada partida tiene consignado un crédito Traducción: cada “saquito” dispone de una cantidad concreta de dinero.


SUBSANACIÓN DE DISCREPANCIAS EN EL CATASTRO


Uno de los problemas que se pueden plantear en la práctica durante la incorporación de la representación gráfica de un inmueble es el del denominado desplazamiento o giro de la parcela en la cartografía catastral respecto de su situación real. 

La primera cuestión pasa por no olvidar que es éste un problema relativo a la información territorial. Y recordar asimismo que la información, en cuanto representación de la realidad, siempre ha de estar subordinada a ésta. La información nunca puede prevalecer sobre la realidad.

Desde nuestra Asamblea, proponemos solicitar el inicio de un procedimiento de subsanación de discrepancias entre los terrenos participantes en la concentración parcelaria que disponen de la necesaria documentación jurídica y gráfica y que, por negligencia de la gerencia del catastro, provocan perjuicio patrimonial a numeros@s propietari@s, que ven modificada la información en referencia con la realidad.

Generalmente, la respuesta de catastro es la ausencia de presupuesto para cumplir con su cometido y la exigencia a l@s afectad@s la aportación de un plano de todas las parcelas colindantes y las titularidades.

Estamos firmemente convencidos que, obligar a suplir la corrección obligada de la administración para catastrar adecuadamente las parcelas es desproporcionado, especialmente en aquellos casos e los que no existe ninguna duda sobre la titularidad de las propiedades por estar debidamente registradas.

El texto legislativo sobre catastro indica, claramente, que la formación y el mantenimiento del catastro, así como la difusión de la información catastral es de competencia exclusiva del Estado. Esto hace que la administración esté delegando, de forma inadecuada, en la ciudadanía la obligación de mantener debidamente caracterizados, unos bienes inmuebles cuya competencia corresponde a esa Gerencia.

Por todo ello, desde nuestro Grupo Municipal, solicitamos el acuerdo del Pleno para:

  • Que la administración estatal cumpla con las actuaciones de comprobación y, si fuera pertinente inspección, con el fin de calificar y limitar adecuadamente las parcelas correspondientes a la concentración parcelaria de Peñaranda de Duero.
  • Que la Gerencia del Catastro se haga responsable del inicio de un procedimiento de subsanación de discrepancias entre los terrenos participantes en la concentración parcelaria que disponen de la necesaria documentación jurídica y gráfica


LA ESCUELA INFANTIL: PERSONAL Y COMPETENCIAS

Nos llegan reclamaciones sobre cómo se elije al personal suplente en la escuela infantil de Peñaranda de Duero y quién está o no, en condiciones de acceder a ese puesto, incluso como suplente, en virtud de la titulación requerida. Este problema, se traslada desde la conversión de Guardería en Escuela Infantil hasta nuestros días.

Hemos recabado información al respecto y entendemos que existe una reclamación, por escrito, presentada al ayuntamiento. Solicitaremos al equipo de gobierno nos indique cual es el problema, que decisiones se están tomando en virtud al mismo y cual es la respuesta a la referida reclamación.

Nuestro Coordinador local, Javier Sánchez está reuniendo la información aportada por la reclamante, mientras que l@s concejal@s miramos la legislación pertinente y la respuesta municipal. Además hemos escrito, a través del Portal de la Junta de Comunidades, nuestras dudas para que sea, el órgano competente, el que aporte las respuestas. Por ahora disponemos de esta información que es más bien de índole general:

Para que un centro que atiende a niños de cero a tres años pueda denominarse Escuela Infantil tiene que contar necesariamente con un proyecto pedagógico que responda a las necesidades educativas de los niños de este tramo de edad, pero también tiene que reunir una serie de requisitos respecto a sus instalaciones, equipamiento o personal que participa en el mismo para que se le conceda la debida autorización y homologación por parte de las administraciones educativas.


Los centros de primer ciclo de Educación Infantil son aquellos centros docentes, ya sean públicos o privados, que prestan un servicio educativo de manera regular y continuada a niños entre cero y tres años, de acuerdo a lo establecido en el currículo de dicha etapa dispuesto por las distintas comunidades autónomas. Por tanto, no son considerados centros de Educación Infantil los que no impartan contenidos educativos, sino que están centrados en el ocio, atención y cuidado de los niños.

Tal como establece la LOE, en su artículo 92, "la atención educativa directa a los niños del primer ciclo de Educación Infantil correrá a cargo de:

Profesorado de educación infantil.
1. La atención educativa directa a los niños del primer ciclo de educación infantil correrá a cargo de profesionales que posean el título de Maestro con la especialización en educación infantil o el título de Grado equivalente y, en su caso, de otro personal con la debida titulación para la atención a las niñas y niños de esta edad. En todo caso, la elaboración y seguimiento de la propuesta pedagógica a la que hace referencia el apartado 2 del artículo 14, estarán bajo la responsabilidad de un profesional con el título de Maestro de educación infantil o título de Grado equivalente.
2. El segundo ciclo de educación infantil será impartido por profesores con el título de Maestro y la especialidad en educación infantil o el título de Grado equivalente y podrán ser apoyados, en su labor docente, por maestros de otras especialidades cuando las enseñanzas impartidas lo requieran.

Aunque la Junta de Castilla y León en su primera comparecencia pública, el 25 de julio, anunció a bombo y platillo un Decreto para el traspaso de las Escuelas Infantiles desde la Consejería de Familia, donde llevan años mal ubicadas, a la Consejería de Educación, donde deberían haber estado desde el principio, parece que nada se ha hecho hasta ahora.

El ciclo de 0 a 3 años tiene carácter educativo
La Educación Infantil es la primera etapa del sistema educativo, comprende hasta los seis años de edad y consta de dos ciclos de tres años cada uno, el primero de 0 a 3 años y el segundo de 3 a 6 años. 

La atención educativa directa a los niños del primer ciclo de Educación Infantil correrá a cargo de profesionales que posean el título de Maestro con la especialización en educación infantil o el título de Grado equivalente, o con el título de Técnico Superior en educación infantil o equivalente. 

Mientras que el segundo ciclo de Educación Infantil está perfectamente regulado a nivel estatal y es homogéneo para todo el territorio español, el primer ciclo se encuentra en tierra de nadie ya que su regulación es competencia de las distintas CCAA por lo que existen diferencias sustanciales entre los territorios. En Castilla y León, parecen haberse olvidado del carácter educativo que la Ley otorga al ciclo 0-3.

FeSP-UGT exige un modelo público y gratuito donde se prime la educación de calidad, que contribuya al correcto desarrollo del alumno y la correcta homologación de titulaciones y retribuciones del personal que presta servicios en esta importante etapa educativa.



BIBLIOGRAFÍA

EN EL LEGÍTIMO DERECHO A LA RÉPLICA

He recibido en mi cuenta de mensajería un texto relacionado con la entrada publicada con mi firma en este Blog.

A fin de que exista la misma posibilidad de difusión y, teniendo en cuenta del principio de Transparencia, esta opinión debe tener el mismo tratamiento al texto al que se refiere, por lo que lo publicamos en esta entrada:






Así mismo, y teniendo en cuenta que la sección de "Comentarios" del Blog no tiene la misma presencia que las entradas publicadas, indicar que en esa misma entrada, cuyo enlace adjuntamos, existe una opinión más relativa al texto al que hacemos referencia:

LA PEÑARANDA VACIADA (DE CAJEROS AUTOMÁTICOS)

Peñaranda de Duero es, desde hace unos días un lugar sin posibilidad de sacar dinero en efectivo cuando uno quiera: nos unimos a la larga lista de personas que viven en el mundo rural (e incluso en algunos barrios de las ciudades) por el creciente cierre de oficinas bancarias que echan la persiana y con ello dejan sin un servicio básico a estos pueblos.

Nos quieren vender la idea de que la ciudadanía quiere usar las tarjetas de pago en la TPV en lugar de pagar en efectivo, pero el gráfico es claro:


La fuente es el banco de España. No vayan a pensar que es cosa de bolivarianos. El motivo del auge del pago con tarjeta es la reducción de los cajeros automáticos, además de las limitaciones de horarios de caja en las oficinas que aún están abiertas, el intento de imponer la modalidad de "pago con móvil" en lugares donde Internet viaja en el tres de Badajoz y el abandono, por parte de la banca de la España Vaciada.

La situación es "complicada" y hay incluso vecinos mayores que ceden las claves de sus tarjetas a los más jóvenes para que les traigan dinero cuando viajan a Aranda de Duero a 18 kilómetros. 

La realidad es que en 2017 la mitad de los pueblos de España ya no tenía ningún banco abierto: 4.109 núcleos rurales en los que viven 1,25 millones de personas.

Este fenómeno, conocido en algunos ámbitos como "exclusión financiera", es progresivo y en la última década ha llevado al cierre de casi 18.000 oficinas en todo el territorio.

En Peñaranda de Duero te puedes encontrar que no puedes comprar en la tienda de alimentación, comer en uno de los más emblemáticos restaurantes con comprar una muestra de artesanía porque éstos comercios no disponen de TPV, debido a sus onerosas comisiones económicas y sus posibles clientes, deben venir pertrechados con grandes cantidades de dinero en efectivo para poder no "quedarse con las ganas de comer, beber o comprar".

Desde la Red Española de Desarrollo Rural (REDR) consideran que el acceso a servicios financieros debería estar asegurado en todos los territorios y pide colaboración entre administraciones y empresas para que ningún pueblo sufra estas carencias.

Para REDR se trata de una cuestión de "justicia" y defiende que no se puede hablar del fenómeno de la despoblación "y seguir comprobando cómo los habitantes rurales se ven cada vez más desplazados y abandonados.

Volviendo a las comisiones, el comercio debe pagar una comisión por cada operación que se realiza con tarjeta. Son dos importes: por un lado las tasas de descuento, que son las comisiones que debe abonar el comerciante al banco adquirente por habilitar la aceptación de pago con tarjeta a través de un TPV, que no están reguladas y dependen de cada entidad. Y también hay que tener en cuenta las tasas de intercambio, las que debe pagar el banco adquirente, dueño del TPV, al banco emisor de la tarjeta.

No es cierto que la ciudadanía prefiera usar el dinero plástico, es que está condicionada por la usura del sistema bancario.

MOCIÓN DEL GRUPO SOCIALISTA PARA INCREMENTAR PLANES PROVINCIALES

La propuesta registrada por el portavoz del Grupo Municipal dice así: ANTECEDENTES La convocatoria de Planes Provinciales de la Diputación d...