Adjuntamos el fallo sobre contencioso de la calle Cuestas, cuya sentencia íntegra, está disponible en el Ayuntamiento de Peñaranda de Duero.
Que debo estimar y estimo parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el recurrente contra la resolución impugnada, y conforme con lo pretendido debo anular y anulo la misma en el sentido de que la misma considera la obra ejecutada contraria a las alineaciones y a la obligación de dejar una distancia de dos metros al canal así como de construir encima del mismo, así como en relación con las alineaciones, ordenando su
demolición, pero manteniendo la vigencia de la misma respecto del color de la parte metálica superior del mismo y la ejecución de un cerramiento superior opaco. Se desestima la solicitud de que se declare que el actor obtuvo licencia de obra menor por silencio positivo. No se imponen las costas a ninguna de las partes, por lo cual cada una deberá abonar las suyas.
Frente a la presente sentencia no cabe recurso alguno de conformidad con el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, al no exceder el litigio de los 30.000 euros conforme a la Ley 37/2011 y su Disposición Transitoria Única.
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