PREGUNTAS REGISTRADAS EN RELACIÓN A LA AVERÍA EN LA RED DE DISTRIBUCIÓN DEL AGUA

En relación con la avería en el sistema de distribución de agua potable, y tras la respuesta dada por el equipo de gobierno a la interpelación vecinal, hemos registrado las siguientes preguntas mediante sede electrónica.


El pasado 20 de diciembre, tras comunicar lo baja que estaba la presión del agua se recibe la respuesta del archivo adjunto. De la 
misma me surgen más preguntas que certezas, por lo cual solicito la siguiente información:

Desde el 20 de diciembre de 2020 hasta la fecha...

.- ¿Qué medidas se han tomado para evitar la fuga de agua potable que, según sus propias indicaciones vacía los depósitos en pocas horas? 

.- ¿Qué cantidad de agua potable se considera se ha perdido? .- 

.- Solicitamos el informe técnico de la Arquitecta municipal que explique la dimensión de la avería, las zonas afectadas y el proyecto de ejecución de obra. 

.- Nos consta que el ayuntamiento ha respondido, al menos en una ocasión, explicando el motivo de la baja presión en el servicio, pero Se ha realizado algún tipo de información en la web municipal y las RRSS? 

.- No se tiene conocimiento de iniciativas para evitar la pérdida de agua potable, un bien escaso y que debemos proteger, hasta enero. ¿No hay posibilidad de llegar a un acuerdo con los vecinos y las vecinas de la zona para cortar el suministro en horas donde sea razonablemente posible?

La Ley 39/2015 establece el derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, así como la obligación de éstas de dotarse de los medios y sistemas necesarios para que ese derecho pudiera ejercerse. En el entorno actual, la tramitación electrónica debe constituir la actuación habitual de las Administraciones. Porque una Administración sin papel basada en un funcionamiento íntegramente electrónico no sólo sirve mejor a los principios de eficacia y eficiencia, al ahorrar costes a ciudadanos y empresas, sino que también refuerza las garantías de los interesados. En efecto, la constancia de documentos y actuaciones en un archivo electrónico facilita el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, pues permite ofrecer información puntual, ágil y actualizada a los interesados. Todo ello revertirá en un mejor cumplimiento de los principios constitucionales de eficacia y seguridad jurídica que deben regir la actuación de las Administraciones Públicas.

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